El Derecho Internacional Público
es el conjunto de normas y principios que regulan la conducta de los estados y
otros sujetos internacionales en el ámbito externo con un carácter general. Su fin
es regular la conducta de los actores interncionales y sus principios
fundamentales se basan en el cumplimiento de los tratados, la igualdad
soberana, la solución pacífica de controversias, la no intervención, la
asistencia de la ONU, el mantenimiento de la paz y seguridad y el respeto
mutuo.
Las normas del Derecho
Internacional Público no provienen de un órgano legislativo superior, pues no
existe un superestado, nacen del consentimiento de los estados, los mismos que
son sus creadores a través de la firma de tratados o de la costumbre. El
Derecho Internacional Público es un sistema jurídico de coordinación.
En el siglo XVIII se cuestionaba
el carácter jurídico del Derecho Internacional Público y su existencia, puesto
que se lo comparaba con el derecho interno y se criticaba la ausencia de
un órgano legislativo superior que creara las normas y además la inexistencia de
un sistema jurisdiccional, por lo tanto, si no hay un órgano generador de
normas y otro que imparta sanciones, se decía que no existía un sistema
jurídico. Sin embargo hoy se sabe que no existe un órgano legislativo porque
los estados mismos se regulan.
Respecto a la eficacia, muchas
veces ha sido criticada, pues como se ha podido ver a lo largo de los años, en
ciertas ocasiones el Derecho Internacional se incumple, y el régimen de
sanciones impuestas no es suficiente. Generalmente quienes pasan por encima de
este sistema, son las potencias que controlan al mundo y de cierta forma,
controlan también a la comunidad internacional y a las sanciones que ésta
impone, por esta razón es que el Derecho Internacional aún no cumple por
completo con sus objetivos y con su función, pues existe mucha desigualdad
entre los países desarrollados o superpotencias y los países del tercer mundo.
Fuente: abogadossevilla.com
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